Son fabricantes de alimentos observados por «presuntas prácticas anticompetitivas» y remarcaciones «por encima de la inflación general». En 30 días, los resultados
En el marco de un proceso inflacionario donde los productos de la canasta básica subieron de manera exagerada, la Secretaría de Comercio instruyó a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a iniciar investigaciones por “presuntas prácticas anticompetitivas” de empresas de consumo masivo que elevaron precios de productos «por encima de la inflación general» y abusaron así de su posición dominante en el mercado.
Así lo establece la Resolución 68/2022 publicada en el Boletín Oficial, que ordena a Defensa de la Competencia investigar a “aquellas empresas vinculadas con la producción y comercialización de productos de consumo masivo que hubieran aumentado precios durante 2022 como resultado de un abuso de su posición dominante en el mercado”.
El órgano, dependiente de la misma Secretaría de Comercio, deberá remitir un informe de los avances de esta investigación en un plazo máximo de 30 días.
Entre los considerados, la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial cita a la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos entre firmas para “limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia” o que “constituyan abuso de una posición dominante”.
De esta manera señala a «conductas anticompetitivas sancionables por el ordenamiento de defensa de la competencia” con la posibilidad de multas “vinculadas con el volumen de negocio” de las empresas.
La investigación ordenada por el área de Matías Tombolini responde a un informe elaborado por la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno, a cargo de Hernán Toledo, que indicó que hay empresas de consumo masivo que, “en el transcurso del presente año, han aumentado precios por encima de la inflación general y de otras variables que afectan a los costos de producción”.
En ese expediente se señala además que las empresas que han amentado los precios “podrían llegar a tener posición dominante en los mercados involucrados” y que la “la fijación de precios de manera abusiva” podría configurar una conducta anticompetitiva susceptible de sanción.
Si bien no se especifica cuáles son estas empresas, la resolución indica que se trata de “mercados vinculados con la producción y comercialización de alimentos” de “producción mayormente nacional”. Es precisamente ese sector, el de las firmas nacionales, con las cuales el Gobierrno tiene mayores problemas vinculados con las subas de precios. Además, las firmas del consumo masivo que tienen mayores niveles de concentración son precisamente las de capitales locales.


