El Ministerio de Economía de Argentina ha incluido productos de economías regionales en los beneficios del Programa de Incremento Exportador (PIE), que otorga una cotización diferencial del dólar para operaciones de comercio exterior
El Ministerio de Economía incorporó productos de economías regionales a los beneficios del Programa de Incremento Exportador (PIE), que les otorga una cotización diferencial del dólar para las operaciones de comercio exterior, a través de la resolución conjunta 1/2023 de las secretarías de Industria y de Agricultura publicada hoy en el Boletín Oficial. La misma precisó que será para operaciones realizadas entre hoy y el 25 de octubre próximo.
Sergio Massa prepara el segundo debate presidencial: argumentos, réplicas y un riesgo latente
El plazo de vigencia establecido para que los exportadores puedan aprovechar esta “oferta” es corto, pues se extenderá hasta pocos días después de las elecciones generales nacionales del domingo 22 de octubre.
La nómina de productos incorporados al régimen son cebada, sorgo, semillas, harinas y aceite de girasol, jugo de uva (incluido el mosto), vino espumoso tipo champaña, vinos, tabaco, cigarros y cigarrillos; minerales de plata, cueros y pieles enteros, vehículos automóviles para el transporte de mercancías.
El Programa establece la obligación de ingresar el 75% de los dólares el Mercado Libre de Cambios (MLC), pero con el restante 25% se pueden “concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local”, lo que arroja un tipo de cambio más favorable, de $502 en promedios.
Esto implica ingresar ese porcentaje restante al tipo de cambio bursátil del “contado con liquidación” (CCL), práctica que durante la primera etapa de este PIE se realizaba para poder generar una mejora en la capacidad de pago de la industria para aumentar los precios ofrecidos al productor.
Además, la normativa dispuso que “la fecha de liquidación de las divisas y el pago de la suma en concepto de adelanto de los derechos de exportación deberán efectuarse en un plazo que no podrá superar el 20 de octubre próximo”.


