Es uno de los tributos que quedarían incluidos en el proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso. También propone cambios en Ganancias y Bienes Personales y un blanqueo
El Gobierno analiza incluir en la moratoria que diseña en el marco de una reforma tributaria inicial la posibilidad de que los contribuyentes que tengan deudas por el impuesto a las grandes fortunas aplicado en 2021 puedan adherir a un plan de pago en cuotas y con una condonación de multas.
Forma parte de un borrador que termina de definir el Gobierno nacional en un paquete de medidas impositivas que enviará el Poder Ejecutivo al Congreso para su discusión y que incluiría, además de una moratoria, un blanqueo de capitales y modificaciones a Bienes Personales y al impuesto a las Ganancias.
La letra final del articulado de esos proyectos de ley que serán girados al parlamento estarán hasta último momento en revisión, una versión preliminar de ese texto que circula en despachos oficiales y oficinas de tributaristas, contadores y departamentos de impuestos de empresas.
Podrán adherirse contribuyentes hasta 120 días después de que se reglamente. No estarán incluidas en la moratoria los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales; las deudas de ART; o deudas vinculadas con regímenes promocionales que concedan beneficios tributarios; tampoco aportes y contribuciones para personal de casas particulares.
Habrá distintos grados de condonación de intereses resarcitorios y punitorios de acuerdo al plazo de ingreso del contribuyente al régimen de facilidad de pago. Para los que lo hagan en los primeros 60 días con pago al contado se les descontará el 50%; para los que ingresen en pago en cuotas también en los primeros 60 días tendrán un 30% de descuento y entre los días 61 y 120, un 10 por ciento.
Las personas humanas tendrán que ingresar un pago a cuenta de 20% de la deuda y luego 24 cuotas mensuales con un interés calculado en base a una tasa de descuentos comerciales fijada por el Banco Central. Las micro y pymes pagarán 15% a cuenta y 30 cuotas; las medianas empresas, 25% y 18 cuotas, y el resto 30% por anticipado y 12 cuotas.
Una particularidad incluida en el articulado que llamó la atención a los tributaristas es que está contemplada la chance de regularizar deudas por el impuesto a la riqueza, un posibilidad que en otros planes de pago o programas similares de los últimos años no había aparecido. El artículo 3° inciso c) habla, entre las deudas que pueden ser refinanciadas “aquellas obligaciones que nacieron en el marco de la Ley N° 27.605″, es decir la del aporte solidario.
Es un aporte por única vez que empezó a regir en el país a fines de enero del 2021 el impuesto extraordinario a las grandes fortunas, una ley aprobada en diciembre de 2020 y que fue establecida como un “aporte solidario” que gravaba de manera progresiva a las personas que tengan un patrimonio igual o mayor a los $200 millones. El pago fue del 2% sobre los bienes que tiene en su patrimonio la persona alcanzada.


